Reconocen como inconstitucional la penalización del aborto en Querétaro

Colectivos de mujeres celebraron la orden del juez sobre el aborto.
Reconocen como inconstitucional la penalización del aborto en Querétaro

El juez primero de distrito en materia penal de Querétaro, Juan Gerardo Anguiano Silva otorgó un amparo en el que se reconoce como inconstitucional la penalización del aborto.

De acuerdo con el colectivo Adax Digitales, encabezado por la activista y feminista Mayra Dávila, la orden insta al Congreso Estatal a derogar diversos artículos del Código Penal de Querétaro.

Siendo algunos de ellos, el 136 137, 138, 139, 140, 141, y 142 incluidos en el capítulo quinto denominado «aborto» y que, impiden a las mujeres acceder a su derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE) pues está tipificado como un delito.

Asimismo, la sentencia emitida por el juzgado de distrito le solicita al Poder Legislativo del estado derogar los artículos antes de que termine el último periodo de la 60 Legislatura local el próximo 25 de septiembre.

Según Adax Digitales, la sentencia no solo abarca la despenalización de la interrupción legal del embarazo, sino también prevé brindar a las mujeres la garantía de que puedan acceder al aborto en condiciones óptimas y seguras.

¿Qué será derogado con respecto al aborto?

La serie de artículos se refieren al aborto como un delito, pues «causa la muerte de la concepción hasta antes del nacimiento» como el artículo 136.

En tanto, el 138 impone penas de cárcel, de uno a tres años «a la mujer que se procure la interrupción de la gestación o consienta que otro la haga abortar».

El 140 habla sobre la sanción a los médicos que ayuden a abortar «sin motivo» a una mujer con la suspensión de uno a cinco años en el ejercicio de su profesión.

Por ello, Adax Digitales señalaron que dichos artículos «vulneran el derecho a la salud de las mujeres y personas gestantes».

Asimismo, en Querétaro, el Código Penal obliga a las mujeres a ser madres cuando esto es contrario a su proyecto de vida, atentan directa y frontalmente con su derecho al disfrute más alto del nivel posible de bienestar físico, mental y social.

Incluso, los apartados del código tampoco reconocen en las mujeres el control de su salud y cuerpo con inclusión de su libertad sexual.

De modo que, todo esto deberá ser derogado en el Congreso Estatal.

Además, la sentencia obliga al Estado a garantizar la presencia de personal médico capacitado y la existencia de lugares limpios y seguros para la realización de la interrupción del embarazo.

Y garantizará el derecho de las mujeres a que reciban información completa y seria para de forma libre tomar decisiones sobre su salud reproductiva.

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