El próximo 7 de junio se celebrarán matrimonios colectivos en el municipio de Corregidora, de acuerdo con información dada por la titular del Registro Civil, Paola Bustamante.
El año pasado tuvieron buena respuesta, por lo que esperan a más de 70 parejas este año que busquen formalizar su relación. Bustamante destacó que en la celebración de matrimonios colectivos del año pasado se casó una pareja de 75 años, por lo que no hay edad límite para contraer nupcias.
La titular del Registro Civil apuntó que cualquier pareja puede contraer matrimonio siempre y cuando sean mayores de edad, o sea a partir de los 18 años. En cuanto a las personas adultas, de 70, 80 o 90 años, de deben encontrar bien de sus facultades mentales,y deben saber lo que están haciendo.
Protección a la familia
La iniciativa de matrimonios colectivos tiene como objetivo apoyar a las personas que desean formalizar su relación y que por falta recursos no lo han concretado.
La titular comentó que el principal objetivo es formalizar la relación para dejar protegida a la pareja y a la familia, en caso de contar con las prestaciones de ley tener todo en regla, ya que de lo contrario -al vivir en concubinato- son más trámites judiciales.
«Hay personas ya grandes que quieren formalizar su unión, el motivo yo creo es protección para la familia y la pareja, pues prefieren dejar todo en regla si se tienen prestaciones de ley y pensión», mencionó.
«Pues ir ante el juez para acreditar un concubinato, cuando alguno de los dos ya no está, es más difícil, son más procedimientos, entonces prefieren venir y casarse”, destacó.
La funcionaria municipal comentó que se han solicitado matrimonios igualitarios, lo cual está permitido en el estado desde 2021, sin necesidad de un amparo.
«Para nosotros el matrimonio heterosexual y el igualitario son lo mismo, se les piden los mismos documentos, sin hacer distinción alguna», agregó.
No está permitido el matrimonio de menores
Ante preguntas sobre matrimonio de menores, Bustamante refirió que hay muy pocas parejas menores de edad que pretenden contraer matrimonio con permiso de los papás.
«En Querétaro no está permitido el matrimonio para menores de edad. El Código Civil del Estado de Querétaro nos dice que para poder contraer matrimonio, los contrayentes deben tener mínimo 18 años», destacó la funcionaria municipal.
Sin embargo, la titular aclaró que las parejas menores de edad sí pueden registrar a sus hijos, ya que es un derecho independientemente de si los papás están casados o sean menores de edad.
«Es el derecho del bebé tener su identidad y conocer a sus padres, por el Tratado Internacional que tenemos, y por la Ley General de los Niños, Niñas y Adolescentes», agregó.
Derecho a la identidad y registro
El Artículo Cuarto de la Constitución, que habla del derecho a la identidad, manifiesta que todo niño al nacer tiene derecho a ser registrado y tener el nombre de sus padres, por lo que no está prohibido que menores de edad registren a sus hijos.
La titular del Registro Civil apuntó que el Código Civil del Estado de Querétaro se modificó para que los niños pudieran ser registrados inmediatamente a partir de su nacimiento.
En Querétaro se tiene de 0 a 60 días para poder ser registrado con documentos normales, que es el certificado de nacimiento, acta de nacimiento de padres, identificación de padres y de dos testigos. Pasando este periodo, y hasta los 4 años, tienen que presentar más documentación para el registro.
«Sí hay papás que vienen y que me traen niños de 5, 6, 10 años. Ahorita tengo un trámite de una persona de 23 años. Pero desgraciadamente como carecen de documentación, ya son temas que tenemos que mandar de manera judicial para acreditar su identidad», comentó.
La funcionaria apuntó que desgraciadamente sí hay niños a los que registran después, pues para los papás no es de urgencia registrar a sus hijos; normalmente inician el trámite para meterlos a primaria, entre 5 y 6 años. «Sin pocos, pero sí hay. No hay sanciones o multas para los padres, pero es un trámite engorroso, son más documentos para acreditar la identidad de su hijo».
Añadió que ellos como Registro Civil no se encargan de las adopciones, si del registro de los niños adoptados con los datos de los nuevos padres.
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