Terapias de conversión serán delito

Terapias de Conversión
Terapias de conversión serán delito

El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal, para establecer un nuevo delito denominado delito contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual. Con esta reforma, las ‘terapias de conversión’ comenzarán a ser sancionados en el estado.

Estos llamados «Esfuerzos para corregir la orientación sexual y la identidad de género» se sancionarán con penas de 2 a 6 años de cárcel, y de 4 a 12 en caso de que las víctimas sean menores de edad.

El artículo 142 de la legislación referida establecerá como ilícito toda práctica inhumana que busque cambiar la preferencia sexual de una persona.

“Quien imparta, aplique, obligue, financie cualquier tipo de tratamiento, servicio, esfuerzo, para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual, identidad o expresión de género”, indicó Guillermo Vega Guerrero, diputado presidente de la comisión.

Cárcel y multa para Terapias de Conversión

Las penas serán de dos a seis años de prisión, multa de 250 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de 50 a 100 horas a favor de la comunidad.

Las penas incrementarán al doble cuando se afecte a infancias, adolescentes, y personas que que no tengan capacidad de entender el significado. En esos casos, la Fiscalía perseguirá el delito de oficio.

“Son tratamientos, terapias, servicios o esfuerzos, aquellas acciones consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psico-emocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.”, ahondó el diputado.

La iniciativa aún debe votarse en el Pleno de la Legislatura, integrado por 25 mujeres y hombres, para entrar en vigor.

Qué son las terapias de conversión y por qué se prohiben

Las ‘terapias de conversión’ son prácticas inhumanas que violan los derechos humanos y la autodeterminación de las personas que forman parte de la comunidad LGBTQ+; por lo que en varios estados del país ya se prohiben y sancionan con cárcel a quienes las imparten.

Estos también llamados «esfuerzos para corregir la orientación sexual y la identidad de género» parten de la idea de que la homosexualidad, transexualidad y demás identidades y preferencias son una enfermedad y se pueden curar. Sin embargo esto no es cierto, no hay nada que curar, por lo que deben de estar prohibidas.

Estas «terapias» muchas veces incluyen tratos crueles e inhumanos disfrazados de ‘tratamientos psicológicos’ o ‘acompañamientos religiosos’.

A pesar de ser prácticas que violentan a las personas por su orientación sexual o identidad de género, la mayoría de los estados en México no prohiben ni sancionan estas prácticas. Pero hemos comenzado a ver un cambio en esto en años recientes.

En 2020, la Ciudad de México fue el primero de los estados que prohibió las ‘terapias de conversión’, y desde entonces se le han unido Puebla, Zacatecas, Hidalgo, Estado de México, Baja California y Nuevo León, entre varios más.

Además, la Cámara de Senadores aprobó la reforma al Código Penal Federal y la Ley General de Salud, para prohibir y sancionar penalmente las terapias de conversión sexual. Mientras que el 19 de abril del presente año, la Cámara de Diputados avanzó en comisiones la reforma.

De esta manera, se prohibirían estas prácticas a nivel federal, y así avanzaríamos un poco más al trato digno y humano de la comunidad LGBTQ+.

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