Categorías: Opinión

Empresas deben cumplir con NOM 036 laboral: Mobirama

Con información de El Economista

Con la aplicación de la norma laboral NOM 036 –que previene y controla los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas- en las industrias, el sector empresarial tendrá ahorros 9,800 millones de pesos al año, ante la reducción de incapacidades solicitadas por lesiones; así como evitará la inspección de autoridades laborales.

Con la implementación de la reforma laboral y la inminente entrada en vigor del T-MEC, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene las facultades para realizar visitas de inspección y vigilancia a los centros de trabajo, con el fin de corroborar que se da cumplimiento cabal a la NOM-035 y la NOM-036, por lo que “los empleadores también deberán aplicar programas de capacitación y adiestramiento para su personal, así como implementar el manejo de manuales, impartición de instrucción teórica, entrenamiento práctico y evaluación de conocimientos y habilidades adquiridas”.

Una de las principales causas de enfermedad o inhabilitación de trabajadores en México, se debe a las lesiones musculares o fracturas que tan solo en 2018 dejaron 6,432 casos registrados en todo el país, por lo que la firma de consultoría integral Mobirama, señala que con la aplicación de la Norma Oficial Mexicana 036 los riesgos ergonómicos entre los trabajadores mexicanos deberán reducirse.

La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) refirió que dicha norma deberá aplicarse en más de 14,100 centros de trabajo distribuidos en todo el país y prevé que a partir de su implementación sean alrededor de 9,800 millones de pesos al año.

“La aplicación de la NOM-036 tiene que ver con riesgos psicosociales de trabajadores, la primera hace referencia a los factores de riesgo ergonómicos tales como sobreesfuerzo físicos, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el trabajo, de acuerdo con la Secretaría del Trabajo”, detalla Mobirama.

La NOM-036 será aplicable a todo el territorio nacional en aquellas industrias y empresas en donde los trabajadores realizan de manera cotidiana y más de una vez al día actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte, almacenamiento o prestación de servicios manuales en los que las cargas sean superiores a los 3 kilogramos.

Redacción

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