Ciudad de México, 9 de diciembre.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 419 Bis del Código Penal Federal para imponer de seis meses a cinco años de prisión y de 200 a dos mil días de multa a quien críe o entrene a un perro para peleas con fines recreativos o de entretenimiento, organice peleas de perros u ocasione que menores de edad asistan a este tipo de espectáculos.
La sanción se incrementará hasta en un tercio cuando el ilícito lo cometa un funcionario público.
Con 291 votos en favor y uno en contra, los legisladores avalaron la reforma y la enviaron al Senado de la República para su análisis.
Dicha reforma precisa que las penas de prisión y las multas se aplicarán a quien “críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más peros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole”.
También, para quien posea transporte, compre o venda perros para peleas, ocasione que menores de edad asistan a estos espectáculos y para quien realice, con o sin fines de lucro, una pelea entre estos animales.
El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara, Álvaro Ibarra, comentó que de aceptarse en la colegisladora, México se unirá a países como Chile, Estados Unidos y Suiza, que tienen sanciones específicas para las personas que fomenten esta actividad.
Por su parte, José Refugio Sandoval (PVEM) refirió que la Agencia Federal de Investigación de Estados Unidos advierte que el maltrato a los animales es una característica común entre violadores y asesinos, y los procedimientos de diagnóstico y tratamiento de psiquiatría esta práctica dentro de los desórdenes de la conducta humana.
Con información de Excelsior
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