Se confirma la mayoría de Morena en la 61 Legislatura, luego que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificara los triunfos de los candidatos de Morena a las diputaciones locales 7 y 14.
Durante una sesión pública, los magistrados del TEPJF determinaron improcedentes las impugnaciones interpuestas por el PAN, respecto a la determinación hecha previamente por la Sala Regional Toluca que devolvió a Morena en esos distritos.
Con ello, confirmaron la victoria de Eric Silva y Ulises Gómez de la Rosa en los distritos 7 y14, con los votos de la mayoría.
La impugna del PAN
Araceli Soto Fregoso, magistrada presidenta, y Felipe de la Mata Pizaña, magistrado, pidieron una revisión a fondo de lo ocurrido en la casilla 648 contigua 3. De acuerdo con algunos informes, durante la jornada electoral los funcionarios de casilla abandonaron la mesa de votaciones, lo cual, argumentaron, se debió a que fueron a recabar el voto de una persona adulta mayor con discapacidad a su domicilio.
Y aunque este acontecimiento fue uno de los argumentos que presentó el partido blanquiazul para solicitar la revocación del triunfo de Morena, ya que expusieron que se sustrajo material electoral, sin que se tuviera la precisión de la cantidad, los magistrados señalaron que este argumento y la prueba presentada no se puede considerar.
Esto debido a que la carta notariada presentada por el PAN, con la narración de los hechos y realizada por el representante de casilla, tenía fecha de ocho días después de la elección.
Respecto al expediente SUP-REC-223-45/2024 y acumulados, Soto y Mata señalaron que sí hubo irregularidades en esta casilla en particular. Por ello solicitaron que se lleve a cabo una revisión de fondo ya que dicha casilla no “se apegó a los principios de debida vigilancia y certeza”.
«Las irregularidades identificadas deben ser de la entidad suficiente para concluir que el ejercicio democrático está viciado de modo irreparable», manifestó la magistrada presidenta.
Por su lado, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera explicó que a pesar del incidente, no se puede considerar como válida la carta de hechos ingresada por el PAN ocho días después de la elección. Además, señaló que no existen indicios de que esta situación haya afectado la votación, ya que la diferencia de votos sólo fue de un sufragio con respecto a la lista nominal registrada.
El magistrado Reyes Rodríguez respaldó la declaración de fuentes. El magistrado destacó que la carta notarial no es elemento probatorio que respalde la nulidad de la casilla.
«De proceder al análisis de fondo lo que se confirmaría es la resolución de la sala regional ya que desde un punto de vista probatorio no hay suficientes elementos para determinar que hubo irregularidades graves invalidantes de la casilla».
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